Sorteo extraordinario

¿Sabías que la Lotería de Navidad puede llevarte a la cárcel?

El robo o la falsificación de décimos, entre otros delitos, pueden acarrear penas de prisión de hasta cinco años

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Vendedora de una administración de lotería vendiendo décimos de la Lotería de Navidad.

Vendedora de una administración de lotería vendiendo décimos de la Lotería de Navidad.

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A tan solo unos días de que se celebre el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, los nervios por descubrir quiénes serán los agraciados de este año, especialmente en el caso de la persona que se lleve el Gordo, van en aumento. Ahora bien, existen casos en los que estos premios deben dividirse entre los varios compradores (familiares, amigos...) de un mismo décimo, lo cual puede desembocar en conflictos y problemas.

Con tal de evitar este tipo de situaciones, desde la empresa de abogados Legálitas avisan de algunos de los delitos que el dueño de un boleto de lotería puede cometer en varios escenarios posibles.

Robo de un décimo

Adueñarse del décimo comprado por un familiar o amigo puede ser algo tan tentador como punible. En concreto, puede considerarse desde un delito leve de hurto, en cuyo caso la pena de 6 a 18 meses de prisión se aplicaría siempre que el valor supere los 400 euros, hasta un robo castigado con penas de cárcel de entre uno y tres años. En caso de emplear la violencia, esta sanción ascendería a un rango de entre dos y cinco años entre rejas.

¿Y si eres tú la víctima?

Si por el contrario eres tú quien sufre la sustracción de un boleto de la Lotería de Navidad, es imprescindible denunciarlo ante la Policía Nacional o el juzgado, habiendo antes identificado el número, la serie, la fracción y el sorteo del décimo, además de haber escrito a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado. Una vez completado estos trámites, a los que hay que añadir el de enviar una copia de la denuncia a Loterías y Apuestas del Estado, el cobro del hipotético premio quedará paralizado hasta que un juez resuleva el caso.

Falsificación

En estos casos, el artículo 392 CP castiga con pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses al particular que realice alguna de las siguientes conductas. La primera es alterar el documento, es decir, hacerse con el décimo original y hacerle un cambio a alguna de sus cifras. La segunda, hacer una fotocopia en color del décimo y posteriormente ir a una administración y asegurar que es verdadero.

Asimismo, la ley no solo castiga a aquel que hubiera realizado estas conductas, sino que entiende que también incurren en delito los que, sin haber intervenido en su falsificación, trafiquen con el mismo; es decir, cuando a sabiendas de la falsedad del décimo lo vendes a un tercero. En estos casos, la pena a imponer es prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses.

¿No comparten contigo?

En estos casos, y siempre y cuando se pueda acreditar que el décimo es de las dos personas, estaríamos hablando de un delito de apropiación indebida, castigado con pena de prisión de 6 meses a 3 años si la cuantía de lo apropiado excede de 400 euros, y con pena de multa si la cuantía es inferior.

Para evitar problemas, lo primero que debes tener cuenta es que los décimos de lotería son al portador, por lo que, en principio, el premio lo recibe el que lo tiene en su poder. Por eso, para prevenir que quien ha guardado el décimo caiga en la tentación de no repartir el premio, es conveniente dejar plasmado documentalmente el acuerdo.

Así, en caso de que haya problemas de reparto, podrás demostrar que el décimo fue comprado por dos personas y la denuncia seguirá su curso.

Blanqueo de dinero

Existe un delito empleado por algunos para eludir el pago de impuestos y poder blanquear dinero. Consiste en aquellos supuestos en los que alguien ofrece pagar una cantidad superior a la premiada con el objeto de poder blanquear ese dinero que tenía bajo la baldosa de su domicilio.

Es decir, con la compra del décimo, la persona en cuestión simula que le ha tocado la lotería y, de esa forma, puede legalizar el dinero que tenía acumulado.

Esta persona estaría incurriendo en un delito contra la Hacienda Pública, regulado con pena de prisión y multa estando en función ambas penas de la cantidad de la que se haya beneficiado. El delito no solo sería imputable al que paga por el décimo, sino también al que lo vende en concepto de cooperador necesario.

Los cibercriminales trabajan en Navidad

Un delito que está muy en auge y del que no se libra ni el Sorteo de Navidad es el conocido 'phising', aquellos casos en que llegan correos electrónicos indicando que has ganado a la lotería y te piden una tasa para cobrarlo.

Estos delitos se entienden como delitos de estafa y están castigados con pena de prisión de 6 meses a 3 años si la cuantía es superior a 400 euros y con pena de multa si es inferior.