El resultado que buscan todos los que juegan es conseguir un buen pellizco. Los premios se pueden cobrar desde el día siguiente del sorteo, pero este año al ser el domingo 23 de diciembre, tendremos que esperar a Nochebuena.
Eso sí, dependiendo de la cuantía tendremos que dirigirnos a lugares diferentes, si es inferior a 3.000 euros en cualquier administración de loterías, si es superior, se deberá acudir a entidades financieras concertadas (BBVA, Santander, CaixaBank, CECA) o delegaciones comerciales de Loterías para realizar su cobro. Seguro que si se consigue un importante premio, se cobrará rápidamente, pero cuidado con los descuidos, el plazo máximo de pago caduca a los 3 meses, y Hacienda acaba embolsándose todos los años una cantidad importante por premios no reclamados.
Y por supuesto, hay que informar a Hacienda, y además, el sorteo de Navidad puede ser el último (se habla de aplazarlo hasta el sorteo siguiente, el del Niño que se celebrará el 6 de enero de 2013) en el que todos los premios estarán exentos de pagar impuestos.
A partir del próximo año, todo premio superior a 2.500 euros tributará al 20%, pero esto no indica que no tengamos que declarar estas ganancias a Hacienda si somos agraciados esta Navidad.
Para que esta exención de impuestos sea efectiva, Loterías tiene a disposición de los afortunados mecanismos para que conste como beneficiario de su premio, por lo que en caso de que sea un décimo compartido, se debe indicar la cuantía para cada uno de los beneficiarios y de esta manera la Agencia Tributaria conocerá la procedencia de dicho capital y no le aplicará ninguna tributación. Si somos afortunados, tendremos un buen dinero para eliminar deudas o invertir, eso sí, las ganancias desde ese momento si pasan por Hacienda.
Antonio Gallardo (iahorro.com)












